Por intermedio del decreto N.º 311/006 —vigente desde el 4 de setiembre de 2006— se establece la modificación del huso horario en la República Oriental del Uruguay. El decreto indica que a la hora 2:00 a.m. del segundo domingo de marzo se debe retrasar sesenta minutos los relojes en toda la República, los cuales se adelantaron el primer domingo de octubre del año anterior.