En San Gregorio firman acuerdo para construcción de Parque Lineal en la Rambla Costera

Este viernes 9 de Octubre a la hora 15:30, en el Parador de San Gregorio de Polanco, el Ejecutivo Departamental y el Municipio de San Gregorio de Polanco, firmarán el contrato de Obra con la Empresa INCOCI para la construcción del Parque Lineal en la rambla costera de la ciudad balneario. En este proyecto, junto a la IDT y el Municipio, participan la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (0PP), y el Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional (P.D.G:S.). En forma especial, la Intendencia de Tacuarembó invita a autoridades presentes en el acto y a la población local, a la Charla que se realizará una vez concluida la firma, en la cual se desarrollará el tema “Recuperación de Playas.”
INTENDENCIA DEPARTAMANETAL CREA ÁMBITO JURÍDICO PARA EL REGISTRO DE CONTRATOS, CONVENIOS Y ACUERDOS EXISTENTES Y A CONTRAER EN EL FUTURO.
Mediante la Resolución Nº 1722/2015 de fecha 1º de octubre de 2015, el Ejecutivo Departamental en función del oficio remitido a consideración del órgano Ejecutivo por la Dirección General de Hacienda y Prosecretaría General de la Administración Departamental.
Considera adecuado por razones de seguridad jurídica que todos los contratos y/o convenios que celebre la Administración Departamental, se encuentren registrados en la Oficina Legal en forma documental y/o informática, pudiendo determinar con precisión la fecha de vencimiento de cada uno de los mismos, así como las fechas de comunicación de la voluntad de rescindir los mismos por vencimiento del plazo, sin hacer uso de las prórrogas legales.
Ello le permite al Órgano Ejecutivo, una mejora en la eficiencia de la gestión, así como la evaluación y/o conveniencia de las relaciones jurídicas contractuales, luego de haberse cumplido su ejecución, permitiendo contar con certeza acerca de los beneficios a los intereses de los objetivos y metas correspondientes. Además es oportuno que la Dirección General de Secretaría de la Administración Departamental, instrumente el presente registro a través de la Oficina Legal, debiendo adoptar las medidas administrativas, informáticas y de gestión que estimen oportunas para su implementación, y puesta en práctica.
En razón de lo preceptuado en el Artículo 275 de la Constitución de la República, Artículo 35 de la Ley 9515, y a las potestades del Jerarca.
El Intendente de Tacuarembó Resuelve:
1º) Cometer a la Dirección General de Secretaría, la instrumentación jurídica, administrativa e informática correspondiente, a los efectos de llevar un registro de todos los contratos y/o convenios, y/o acuerdo de voluntades que se encuentren registrados y a registrarse en el futuro, en la Oficina Legal de la Administración Departamental, a los efectos de tener certeza jurídica de las fechas de vencimientos de los mismos.
2º) Las Direcciones Generales de la Administración Departamental y los Municipios deberán comunicar a dicha dependencia, acerca de los contratos y/o convenios y/o acuerdo de voluntades que se encuentren en ejecución, así como los que se celebren en el futuro, sin perjuicio de la intervención jurídico-notarial que corresponda.
3º) La Dirección General de Secretaría, a través de la Oficina Legal, deberá dar conocimiento efectivo al Órgano Ejecutivo con una antelación de 30 días, los vencimientos contractuales correspondientes, estando a las directivas que se les impartan.





